A3. La codificación
deontológica.
I. Introducción.
Para los servidores públicos en el
ejercicio de la función pública, sus funciones deberán apegarse a principios de
legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia, para le caso de los médicos,
sus funciones son reguladas por medio de principios éticos universales en las
que se ofrecen garantías a la sociedad, consagrando su profesión a principios
de beneficencia, y virtud como la compasión y la humanidad.
Código ético de servidores públicos de
la administración pública federal. |
Código de ética en la medicina. |
Deberes de servidores públicos: A.
Decisiones
y acciones de estos encaminados a la satisfacción de necesidades e intereses
de la sociedad. B.
Actuar
con honestidad. C.
Prohibido
buscar compensaciones o aceptar prestaciones que pueda comprometer su
desempeño. D.
Actuara
sin conceder privilegios indebidos. E.
Deberá
rendir cuentas ante la sociedad de la cual depende. |
Deberes de los médicos como: A.
Mantener
alta conducta profesional. B.
Servicio
con independencia profesional, moral, compasión, respeto por la dignidad
humana. C.
Certificar
solo lo que ha verificado personalmente. D.
Respetar
la vida humana. E.
Respetar
la confidencialidad del paciente. F.
Considerar
lo mejor para el paciente. G.
Prestar
atención de urgencia. H.
No
debe dañar la relación médico paciente. |
A. Conozco los principios constitucionales
que regulan mi actuación como servidor publico encargado de la seguridad pública.
B. Cumplo mis funciones con estricto apego
a principios de legalidad, objetividad, eficiencia, honradez y respeto a los
derechos humanos.
C. Me abstengo de recibir dadivas o
gratificaciones que resulten del desempeño de mis funciones.
D. Promuevo la no discriminación y
perspectiva de género.
E. Empleo los recursos a mi disposición con
responsabilidad y honradez, y exclusivamente para los fines que fueron
destinados.
F. Evito el uso y sustracción de información
bajo mi responsabilidad, así como difusión indebida por personas no autorizadas.
G. Cuando exista conflicto de interés,
informare a mis superiores y renunciare a tomar decisiones en este sentido.
H. Ofreceré un trato respetuoso a la
sociedad de manera imparcial y equitativa, para obtener confianza y credibilidad.
I. Proporcionare apoyo e información en el
marco legal a otras instituciones y dependencias gubernamentales.
J. me mantendré permanentemente capacitado
y actualizado en el campo de mis funciones, con el fin de mejorar
permanentemente mi desempeño.
IV. Conclusión.
Las actividades de los servidores
públicos, no escapan a la normatividad que en el ejercicio de las funciones
están obligados a realizar, así como las responsabilidades que en ellos recaen
como lo pueden ser las políticas, civiles, las administrativas y las señales. El
resto de las profesiones cuenta con códigos de conductas que autorregulan sus
funciones, mismas que de no pueden entrar en contradicción con ninguna ley o
reglamento. Es aquí donde hay una regulación bien establecida como lo indica el
articulo 5 constitucional, relativo al ejercicio de las profesiones. Ya que los
intereses particulares de los profesionistas no podrán estar por encima de los interese
de la sociedad y que, en caso de algún conflicto, la solución será orientada a
favorecer a la sociedad.
En caso de algún conflicto, hay dos ámbitos
en los cuales puede ser objeto el profesionista: el ámbito civil en el que
puede ser demandado por daños y perjuicios derivado del incumplimiento de sus obligaciones
y en el ámbito penal, en el cual puede imponérsele una pena o medida de seguridad.
Cabe aclarar que la deontología de carácter
mas amplio incluye normas que no figuran en ningún código y que un código deontológico
es la aplicación de la deontología en un campo especifico.
Referencias.
-UnADM (2021) Unidad 2. Deontología
en el servicio público. [Archivo PDF] https://campus.unadmexico.mx/contenidos/DCSA/BLOQUE2/SP/02/SDAS/recursos/unidad_02/descargables/SDAS_U2_Contenido.pdf
-SCIELO (2015). El código de ética en
la medicina. http://www.scielo.org.bo/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S1726-89582015000200001#:~:text=El%20C%C3%B3digo%20de%20%C3%89tica%20en,su%20relaci%C3%B3n%20con%20la%20sociedad.
-IEPSA. Código de ética de los
servidores públicos de la administración publica federal. http://www.iepsa.gob.mx/Archivos/CodEtica.pdf
Comentarios
Publicar un comentario